La diputada Altagracia de los Santos ha sido blanco de una intensa campaña de desprestigio, encabezada por sectores feministas y figuras públicas que no toleran el disenso cuando proviene de una mujer que piensa diferente. Su «pecado» fue asumir con valentía un turno en el Congreso para expresar su desacuerdo con la redacción actual del artículo 135 del nuevo Código Penal, que penaliza con extrema severidad las relaciones sexuales no consentidas dentro del matrimonio.

La diputada del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Altagracia de los Santos

Su crítica directa, formulada en un lenguaje llano y sin adornos, ha sido tergiversada y utilizada para desacreditarla, no por lo que dijo, sino por atreverse a decirlo siendo mujer. Lo que debió ser un debate legislativo ha terminado convertido en un linchamiento mediático e ideológico contra una congresista que advierte —con crudeza, pero con razón— los peligros de legislar la intimidad conyugal con criterios extremos.

Como ciudadano consciente y respetuoso de los derechos individuales, reconozco que nadie debe ser forzado a tener relaciones sexuales, ni dentro ni fuera del matrimonio. El consentimiento es esencial. Sin embargo, me preocupa profundamente la forma en que se está pretendiendo legislar la intimidad conyugal a través del artículo 135 del nuevo Código Penal, que establece penas de hasta 20 años de prisión por relaciones sexuales no consentidas entre esposos.

Esta reforma parte de una visión distorsionada y peligrosa de la vida matrimonial. El matrimonio es, ante todo, una unión basada en la atracción mutua y la intimidad. Nadie se casa con alguien a quien no le gusta o con quien no desea compartir su vida sexual. Pretender que una relación conyugal funcione sin deseo ni acercamiento físico es desconocer la naturaleza del vínculo. Cuando esa conexión desaparece, lo justo y sensato es el divorcio, no la criminalización del otro.

El uso indiscriminado de la ley penal en el entorno íntimo puede abrir una peligrosa puerta a abusos legales y denuncias maliciosas, especialmente cuando la relación de pareja ya está rota emocionalmente. Este artículo no solucionará conflictos; solo llenará los tribunales de casos imposibles de probar y convertirá a los fiscales en árbitros de la vida sexual privada.

Rechazo cualquier tipo de violencia, pero también rechazo el uso del Código Penal como herramienta de venganza emocional o chantaje conyugal. Una ley que no distingue el conflicto de pareja del crimen, no protege a nadie, solo crea más injusticias.

Por eso hago un llamado a nuestros legisladores: no permitan que este despropósito legal se apruebe. El artículo 135 debe revisarse con sensatez, equilibrio y respeto tanto a las mujeres como a los hombres. Legislemos para proteger, no para destruir la base de la convivencia.

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Edgar Caraballo

Ingeniero Electromecánico

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