El Código de Ética anunciado por la Presidencia establece controles para sistemas que afecten derechos y concede 180 días a las instituciones para adecuarse.
SANTO DOMINGO, RD.— Los ciudadanos tendrán derecho a conocer cuándo una decisión administrativa esté respaldada por inteligencia artificial y a solicitar explicaciones y revisión humana, según informó la Presidencia al anunciar el 3 de noviembre de 2026 la aprobación del Código de Ética de la Inteligencia Artificial para los Servicios Públicos, mediante el Decreto 787-26.
De acuerdo con la comunicación oficial, los sistemas de alto impacto —aquellos que incidan en derechos, beneficios sociales o facultades sancionadoras— deberán superar evaluaciones antes de entrar en producción. Las entidades tendrán 180 días calendario para adecuar sus procesos, registrar sistemas y designar responsables.
El anuncio también contempla restricciones a la clasificación social generalizada y a la identificación biométrica masiva sin orden judicial. En las contrataciones, el Estado exigirá trazabilidad, ciberseguridad y posibilidades de auditoría.
Para el ciudadano, la importancia de estas disposiciones radica en que una respuesta automatizada puede tener consecuencias más allá de una pantalla: facilitar o dificultar un trámite, influir en la evaluación de una solicitud o apoyar una actuación administrativa. Conocer la intervención de la tecnología permite cuestionar sus resultados con mayor información.
Una iniciativa en construcción desde febrero
El código tiene antecedentes públicos desde el 24 de febrero de este año, cuando la Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (OGTIC), la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG) y la Alianza para el Gobierno Abierto realizaron un taller para discutir su elaboración.
Según la OGTIC, aquel encuentro reunió a representantes del Estado, el sector privado y la sociedad civil, con la facilitación de la experta Carla Bonina. El proceso contemplaba consultas y encuestas para preparar un borrador y socializarlo antes de su aprobación.
De la aprobación a la aplicación
La aprobación abre una etapa distinta de la discusión: comprobar cómo se traducen los principios en la atención cotidiana. La diferencia para el usuario dependerá de que las explicaciones sean comprensibles y de que la revisión humana permita examinar posibles errores.
El plazo anunciado corresponde a una transición institucional. Por tanto, la aprobación del código no demuestra, por sí sola, que todas las dependencias ya dispongan de sistemas adaptados o de canales específicos funcionando.
Fuentes oficiales: Presidencia: anuncio del Código de Ética y OGTIC: antecedentes de su elaboración.

