Santo Domingo, El presidente Luis Abinader remitió este viernes al Senado de la República un ambicioso proyecto de ley que busca regular la libertad de expresión y los medios digitales a través de una nueva Ley Orgánica de Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales, con el objetivo de establecer un marco legal moderno, democrático y adaptado a los retos de la era digital.
El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, destacó que la propuesta fue elaborada con la participación de diversos actores de la sociedad civil, juristas, medios de comunicación y especialistas, lo que le otorga un carácter inclusivo y representativo.
Objetivos y principios fundamentales
Según el proyecto, la ley tiene como propósito garantizar la libertad de expresión en todas sus formas, protegiendo los derechos vinculados al ejercicio del periodismo y el acceso a la información, conforme al marco legal vigente en la República Dominicana.
El artículo 3 establece que “toda persona tiene derecho a la libertad de expresión, en cualquier forma y por cualquier medio”, reafirmando que el ejercicio de este derecho no estará sujeto a censura previa, aunque sí a responsabilidades posteriores definidas por ley.
El texto también garantiza el respeto a la vida privada, la honra y la reputación de las personas, prohibiendo interferencias arbitrarias e ilegales en estos ámbitos.
Acceso universal a internet
Uno de los aspectos innovadores de la iniciativa es el reconocimiento del acceso a internet como un derecho fundamental. El Estado se compromete a garantizar una conectividad universal, equitativa y de calidad, sin importar la condición social, económica o geográfica del ciudadano, para facilitar el ejercicio de la libertad de expresión e información.
Ampliación de derechos y obligaciones
El proyecto reconoce expresamente los derechos a no ser molestados por las opiniones, a investigar y recibir informaciones, y a difundir ideas sin fronteras y por cualquier medio. Además, establece que figuras públicas como políticos, candidatos y funcionarios deben estar expuestos a un mayor escrutinio social y ser más tolerantes a las críticas.
En cuanto a la regulación de medios, el artículo 11 prohíbe cualquier tipo de presión directa o indirecta por parte del Estado o particulares que intente castigar o privilegiar a periodistas, medios o comunicadores según su línea editorial. También se prohíbe el uso arbitrario de recursos estatales o concesiones como mecanismo de control.
Plataformas digitales bajo regulación
El proyecto incluye regulaciones específicas para plataformas digitales comerciales, como redes sociales y buscadores, siempre que su comunidad de usuarios en el país represente más del 10 % de los internautas dominicanos.
Estas plataformas deberán identificar claramente los contenidos publicitarios y de propaganda electoral, y solo serán responsables por publicaciones de terceros si, tras una orden judicial específica, no retiran el contenido infractor.
Protección de menores de edad
La ley establece protecciones estrictas para garantizar la privacidad e integridad de niños, niñas y adolescentes, prohibiendo la divulgación de datos que puedan identificarles en situaciones que puedan vulnerar sus derechos o desarrollo integral. Se exceptúan los casos en los que sea necesario para protegerlos, como secuestros, bajo criterios del interés superior del menor.
Creación del Inacom
Como parte del nuevo esquema institucional, se contempla la creación del Instituto Nacional de Comunicación (Inacom), una entidad descentralizada, con autonomía funcional, financiera y administrativa, encargada de aplicar la ley, promover la libertad de expresión y establecer políticas públicas en la materia. El Inacom estará adscrito al Ministerio de Cultura.
Régimen sancionador
La ley incluye un régimen de sanciones que contempla desde llamados de atención hasta multas y suspensiones de actividades. Entre las infracciones graves figuran:
Restringir la libertad de expresión por vías de hecho o actos contrarios a la Constitución.
Difundir señales o contenidos previamente suspendidos.
Incumplir requerimientos de información en casos de emergencia.
Reincidencia en faltas sancionadas previamente.
Las sanciones incluyen multas entre 30 y 200 salarios mínimos del sector público, suspensión de transmisiones por hasta 90 días, y eliminación de contenidos que infrinjan las normas.
Por infracciones leves, las multas oscilan entre 2 y 10 salarios mínimos, y puede aplicarse una advertencia.
Este proyecto será ahora estudiado por el Senado de la República, donde se espera genere un amplio debate público y legislativo por la trascendencia de los derechos y principios que involucra.
