Santo Domingo.– El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, aseguró que el nuevo Código Penal representa un paso firme hacia un sistema de justicia más moderno y protector de las víctimas. A través de su cuenta en la red social X, el legislador detalló algunos de los principales avances de la nueva propuesta legislativa.
Entre las medidas destacadas se encuentran el fortalecimiento de las sanciones contra la violencia de género e intrafamiliar. En el actual código, estas conductas se castigan con penas de uno a cinco años de prisión, mientras que la nueva normativa eleva la condena mínima a cuatro años, pudiendo alcanzar hasta 10 años, y hasta 40 años en casos agravados. Además, se incluyen medidas post condena como tratamiento psicológico obligatorio y la prohibición de portar armas.
El artículo 126 del nuevo texto introduce una nueva figura penal sobre violencia de género, abarcando violencia física, psicológica, sexual, económica, patrimonial y verbal, lo que implicará medidas de protección y seguimiento judicial.
Una de las novedades es que si una mujer con orden de protección es atacada, el agresor enfrentará penas de dos a tres años de cárcel. Asimismo, el Ministerio Público tendrá la facultad de dictar órdenes de protección de forma provisional para frenar la violencia a tiempo.
El feminicidio también es reconocido como un crimen autónomo, con penas de hasta 40 años, y se contemplan variantes como el feminicidio simple, agravado —por embarazo, discapacidad, tortura o pluralidad de agresores— y conexo.
Sobre la agresión sexual, el nuevo Código Penal contempla penas más proporcionales al daño: de uno a dos años si es leve, hasta 40 años si causa la muerte. Se incorporan agravantes como la edad de la víctima, embarazo, discapacidad o participación de múltiples agresores.
El acoso sexual, que anteriormente era abordado de manera general, ahora se detalla en ámbitos como espacios públicos y digitales, con penas de hasta cinco años si existe una relación de poder o vulnerabilidad.
El incesto y la agresión incestuosa se penalizan de forma expresa, con sanciones que pueden llegar hasta los 40 años de cárcel y una multa equivalente a 1,000 salarios mínimos, especialmente si la víctima es menor, está embarazada o presenta alguna discapacidad.
Las órdenes de protección se institucionalizan con una duración mínima de tres meses, prorrogables, y contemplan acciones inmediatas como el desalojo del agresor, prohibición de acercamiento, custodia temporal y atención médica para la víctima.
Otra innovación es el seguimiento obligatorio a los agresores sexuales, quienes deberán someterse a terapia psicológica, estarán inscritos en un registro nacional de agresores y no podrán portar armas ni acercarse a la víctima. Además, los condenados por violencia grave contra mujeres o menores no podrán beneficiarse de regímenes de semi libertad, prisión nocturna o fraccionamiento de penas.
El nuevo Código Penal también establece penas más altas y específicas para casos de violación sexual, que van de 10 a 20 años, y hasta 40 si hay consecuencias graves como embarazo, discapacidad o muerte.
“La violencia ya no será solo física. Ahora también se reconoce el daño emocional, patrimonial y psicológico. Con este Código Penal, las víctimas tienen por fin una ley de su lado”, aseguró Pacheco.
El legislador concluyó su mensaje resaltando que el nuevo marco legal introduce un enfoque preventivo, punitivo y reparador: “Más protección, menos impunidad”.

